La Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición extraordinaria No. 21 publica un conjunto de normativas cuyo propósito fundamental es el de otorgar más independencia y autonomía a la empresa estatal socialista, de manera tal que esté en condiciones de ocupar el verdadero papel que le corresponde en el desarrollo de nuestra economía. Según explicó a Granma Grisel Tristá Arbesú, jefa de Área de Perfeccionamiento de Entidades de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, en la Gaceta aparecen las modificaciones al Decreto Ley 252 y al Decreto 281 del Consejo de Ministros, que rigen el trabajo para las empresas donde se aplica el perfeccionamiento empresarial, proceso que en estos momentos se actualiza fundamentalmente, como parte de la implementación del Lineamiento No. 15 que plantea que el Perfeccionamiento Empresarial se integrará a las políticas del modelo económico a fin de lograr empresas más eficientes y competitivas.
Aparecen, además, otras tres resoluciones (aplicables a todas las empresas del país) de los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Finanzas y Precios que establecen las regulaciones en cuanto a la vinculación del salario a los resultados, precio mayorista para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal y las nuevas relaciones financieras de las empresas.
En tal sentido, resulta importante destacar también, que la implementación de los Lineamientos aprobados en el Sexto Congreso del Partido, sienta las bases para paulatinamente separar las funciones estatales de las empresariales, crear condiciones para potenciar el desarrollo de las fuerzas productivas, así como incrementar las facultades al sistema empresarial estatal del país. Es por ello que las directivas del Plan de la Economía para el 2014 incorporaron las medidas que se han autorizado como parte de la ejecución de las políticas aprobadas para la actualización del modelo económico cubano, que contribuyen a la ampliación de las facultades del sistema empresarial estatal.
Entre los cambios más importantes Tristá Arbesú destacó la flexibilización de los objetos sociales de las empresas, en las cuales recae la facultad de decidir qué actividades secundarias y de apoyo derivadas de su objeto social está en condiciones de realizar, lo que les permite producir aprovechando mejor todas sus potencialidades.
Al respecto, la directiva enfatizó en que las empresas, luego de cumplir con su encargo estatal, podrán comercializar sus excedentes o inejecuciones al precio que fije la relación entre la oferta y la demanda.
Otra de las novedades es que se define un sistema de indicadores directivos más concentrado para medir el desempeño de las mismas. A partir de ahora serán siete: las ventas netas totales, las utilidades del periodo, el encargo estatal, las ventas para la exportación, el aporte por el rendimiento de la inversión estatal, la rotación del capital de trabajo y el aporte en divisas, este último, mientras exista dualidad monetaria.
“El Plan de la empresa lo aprueba ahora el Presidente de la Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE), algo que hasta el momento hacía el Ministro del ramo o el Presidente del Consejo de la Administración Provincial, si la entidad es de subordinación local. Esto constituye un cambio fundamental, y por tanto, seguimos en el camino de la descentralización de facultades”, precisó.
Igualmente, con las directivas del Plan 2014 se eliminaron las restricciones administrativas para la formación del salario en el sector empresarial. “Las empresas podrán distribuir el salario hasta el límite de sus posibilidades económicas y financieras y hasta tanto no sobregiren el gasto de salario por peso por valor agregado bruto planificado. Con estos preceptos se aprueban los sistemas de pago, por las propias empresas en caso de que ellas se encuentren en perfeccionamiento empresarial y por las OSDE para el resto.
En las nuevas relaciones financieras las empresas no tendrán que aportar la depreciación y amortización de activos fijos tangibles e intangibles, ni las reservas no utilizadas en años anteriores. Igualmente, podrán retener hasta el 50 % de las utilidades después de impuesto al cierre del año, lo que significa un 20 % más que lo que hasta ahora estaba establecido.
Las reservas que se creen se utilizarán para incrementar el capital de trabajo, financiar inversiones, desarrollo e investigaciones y capacitación, así como para amortizar créditos bancarios. En este sentido, se incorporan nuevos conceptos: se podrá crear una reserva denominada Fondo de Compensación para cubrir desbalances financieros a nivel de la OSDE y otras para uso específico de la organización superior.
Además, se generaliza para todas las empresas la posibilidad de distribuir utilidades entre los trabajadores como estímulo por la eficiencia económica, siempre y cuando tengan una auditoría financiera con resultados satisfactorios o aceptables en los últimos 18 meses, se cumplan los indicadores directivos y no se deteriore la correlación ingreso medio productividad.
En el transcurso de este año, la implementación de estas y otras medidas, irán “creando condiciones para que las empresas puedan desarrollarse progresivamente en correspondencia con sus posibilidades económicas y la capacidad de dirección de sus cuadros, de quienes se requerirá mayor preparación y capacitación”. Todo este proceso de aprobación de la distribución de utilidades, ya no es una función de los Organismos o Consejos de Administración Provincial; a partir de este año, será facultad de las Juntas de Gobierno —donde estén creadas— de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial o de las empresas, según corresponda.
No olvidemos que este es un proceso gradual de descentralización de facultades —apuntó Tristá Arbesú— con el cual aumenta la responsabilidad de los directivos en las decisiones que competen a sus propias empresas. En consecuencia, resulta indispensable prepararse desde la base hasta el más alto nivel, de manera tal que lo diseñado hasta el momento arroje cada vez mejores resultados.
En ello coincidieron especialistas de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y de los ministerios de Economía y Planificación, Trabajo y Seguridad Social, y Finanzas y Precios, quienes ampliaron, en conferencia de prensa, las normativas publicadas en la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición extraordinaria No. 21.
Grisel Tristá Arbesú, jefa del Área de Perfeccionamiento de Entidades de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, apuntó que las normas jurídicas aprobadas significan un paso más en pos de separar las funciones estatales de las empresariales, y le permiten a la empresa estatal conducir las transformaciones en medio del proceso de actualización.
En ese sentido mencionó la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que regula la vinculación del salario con los resultados, de modo que se eliminan los límites administrativos y solo permanecen regulaciones de carácter económico y financiero, en función de las potencialidades de las empresas.
Tristá Arbesú también puso énfasis en las resoluciones del Ministerio de Finanzas y Precios, las cuales determinan el nuevo sistema de relaciones financieras al interior de la organización empresarial, y de esta con el Presupuesto del Estado. También establecen el procedimiento para fijar el precio mayorista de las producciones excedentes, una vez cumplido el encargo estatal.
Pero este conjunto de normas, sentenció, no son las únicas que inciden en los cambios de la empresa estatal socialista. “Desde la propia implementación de los Lineamientos se han creado las bases para ir dotando a las entidades de mayor independencia en su gestión. Justamente las directivas del Plan de la Economía del 2014 aunaron las decisiones que se vienen tomando en pos del perfeccionamiento de la empresa estatal”.
Entre las demás políticas aprobadas resaltó la referida a la flexibilización de los objetos sociales y al sistema de indicadores directivos para medir el desempeño de las entidades.
La descentralización de funciones, acotó, lleva implícito un incremento de la responsabilidad en la actividad empresarial y una mayor preparación de sus directivos.
—Bohemia: ¿Se considera que con esta norma queda resuelto el marco jurídico para el perfeccionamiento, o está en perspectiva una Ley de Empresas?
—Grisel Tristá: Habrá otras transformaciones que obedecen igualmente a la implementación de los Lineamientos. La empresa estatal es una institución que vive para producir, generar servicios, que interactúa… y en ese contexto se están realizando acciones con una incidencia directa en la noción de la empresa.
“Creo que no es una medida definitiva. Todo lo que estamos haciendo debe tributar hacia una Ley de Empresas. Pero el fin no es la norma, el fin es modificar y transformar la gestión empresarial”.
—Radio Reloj: ¿Qué cantidad de empresas existen en perfeccionamiento?
—Están en perfeccionamiento 1 024, de un total de 2 472.
—Juventud Rebelde: La Resolución No. 9/2008 (Reglamento general sobre las formas y sistemas de pago) no logró todos sus propósitos. Por otro lado, las actividades de normación y organización del trabajo se han depauperado en el país. ¿Cómo se va a manejar esto?
—María Colina Gutiérrez (viceministra del MTSS): Se han hecho diferentes acciones por parte del Ministerio de Trabajo, de conjunto con otros organismos, para capacitar a los cuadros y técnicos en esta temática.
“No obstante, la realidad nos dice que la aplicación de la forma de pago por rendimiento a destajo no es la mayoritaria en el sistema empresarial. Este es un hecho que debemos ir transformando de cara a los objetivos que nos plantean las nuevas regulaciones y la implementación de los Lineamientos de manera general”.
—Juventud Rebelde: La descentralización puede traer el peligro de cometer errores, por ejemplo, en los sistemas de pago, tema sensible para los trabajadores. ¿Qué potestad tienen ellos ante esto?
—María Colina Gutiérrez (MTSS): Estas normas exigen para su implementación de un mayor control por parte de los que la aplican, en primer lugar. En el caso de la Resolución que tiene que ver con los sistemas de pago, prevé como parte de su diseño el control, aspecto a tener en cuenta desde ese momento inicial.
“Una de las ventajas en relación con la Resolución No. 9 es que se lleva con más rigor la planificación de las formas de pago. Desde el momento en que estamos elaborando el plan, hay una mayor exigencia.
“Por otra parte, cuando el sistema se diseña y se incluye la definición de los mecanismos de distribución, esto se acuerda con la organización de los trabajadores.
“Su participación también se tiene en cuenta para otras cuestiones como la definición del salario base. Incluso la norma prevé que la distribución esté en correspondencia con el aporte individual y colectivo”.
—Granma: ¿Cuál es su valoración sobre el proceso de perfeccionamiento hasta el momento?
—Grisel Tristá: Las empresas en perfeccionamiento han demostrado que tienen más organización, más eficiencia y resultados. Actualmente se está produciendo un proceso natural de generalización del perfeccionamiento empresarial, y así se previó en los Lineamientos aprobados en el Sexto Congreso del Partido.
“Se está creando un lenguaje único a nivel empresarial, pero como concepto se mantiene el perfeccionamiento. Mientras se aplica en aquellas entidades que cumplan los requisitos, paralelamente se va creando un ambiente de gestión empresarial único para todas las empresas del país.
“Además, estamos trabajando —como parte de la implementación del Lineamiento 15—, en presentar una política a la dirección del país sobre la generalización del perfeccionamiento empresarial, que debe conllevar al establecimiento de un sistema único de dirección y gestión empresarial”.
(En: http://www.granma.cu/cuba/2014-04-28/la-empresa-estatal-socialista-por-una-mayor-flexibilidad-en-su-desempeno y en http://www.granma.cu/cuba/2014-04-29/mayor-autonomia-para-la-empresa-estatal)
0 comentarios