Congreso evalúa ley para reforzar seguridad marítima en Honduras
El pleno del Congreso Nacional está enfrascado en el análisis del proyecto de Ley de Protección del Espacio Marítimo, orientado a reforzar el control y defensa integral del espacio insular y marítimo de Honduras.
Esa propuesta complementa la Ley de Interdicción Aérea, aprobada a inicios de la presente legislatura, y autorizará a la Fuerza Naval a intervenir las embarcaciones sospechosas de atentar contra la soberanía nacional, ser hostiles, o estar conectadas con actividades ilegales.
Según el diario La Tribuna, en su edición digital, la iniciativa presentada este martes por el diputado nacionalista de Francisco Morazán, David Chávez, pasó al primer debate en el plenario con los cambios significativos efectuados por la comisión encargada de dictaminar acerca del plan.
Los congresistas miembros de ese ente coincidieron en impulsar la aprobación de ese cuerpo jurídico, por cuanto con él Honduras contará con otro instrumento para su defensa integral en la lucha contra el narcotráfico y con ese fin podrá aplicar procedimientos de interdicción marítima.
Entre estos podrían ejecutarse acciones de persuasión, visita, inspección, derecho de persecución, inmovilización o detención de toda embarcación propulsada o no, u objeto que, sin ser embarcación, sea razonablemente sospechosa de infringir o infrinja normas nacionales e internacionales.
La Ley de Protección del Espacio Marítimo será aplicable a todo transporte naval u objeto que, sin ser embarcación, esté bajo jurisdicción de Honduras por su nacionalidad, posicionamiento en aguas jurisdiccionales, o en correspondencia con el Derecho Internacional.
Quedarán fuera del ámbito de su aplicación los buques de guerra que gozan de inmunidad soberana y solo podrán ser abordados por autoridades competentes con permiso del comandante, puntualiza el proyecto.
Define por interdicción marítima los procedimientos que, acorde con el derecho nacional e internacional, son ejecutados por aeronaves o embarcaciones militares del país con el fin de establecer ejecución jurisdiccional y por sobre una embarcación dudosa de cometer ilícitos.
Explica también que toda nave o embarcación podrá ser objeto de medidas de ese tipo, cuando sea designada blanco de interés, se presuma que atenta contra la soberanía nacional, su utilidad tenga conexión con actividades ilegales o sea identificada como hostil.
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