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Bancada de la Dignidad repudia desalojo en Semuc Champey, Guatemala

Bancada de la Dignidad repudia desalojo en Semuc Champey, Guatemala

Los diputados de la Bancada de la Dignidad de Convergencia sumaron sus voces a las que rechazan  el desalojo y represión contra los pobladores de la reserva natural Semuc Champey, en el norte de Guatemala. Los congresistas de esa fuerza de izquierda repudiaron el uso de la violencia, el allanamiento de viviendas y el lanzamiento de gases lacrimógenos por parte de las fuerzas policiales y militares en la operación del 5 de julio en ese territorio del departamento de Alta Verapaz, con lo cual provocaron heridas a nueve jóvenes indígenas y causaron daños a otras personas.
Denunciaron también la agudización de la criminalización contra los defensores y defensoras de los derechos humanos en Guatemala y consideraron que ello prueba la falta de capacidad del Estado para atender las necesidades y demandas de la población.
"En el ámbito de la apertura del juicio contra los presos políticos del área norte de Huehuetenango y el desalojo en Semuc Champey, la Bancada de la Dignidad reitera su compromiso con la defensa de los derechos de todas las personas y pone sobre la mesa la necesidad de cuestionar si el modelo de desarrollo económico vigente realmente beneficia a la población", expresaron.
Con antelación, varias organizaciones sociales exigieron al Estado detener la violencia contra el pueblo qeqchí, asentado en Semuc Champey, retomar de inmediato un diálogo serio con las autoridades indígenas de Lanquín, y reparar el daño físico y psicológico a las víctimas del desalojo y allanamiento de sus comunidades.
"El Estado de Guatemala debe cesar la criminalización de las autoridades indígenas y reconocer a las comunidades como legítimas propietarias del patrimonio y sujetos de derecho", señalaron en un comunicado, con base en lo expresado en la Constitución Política y convenios internacionales.
La carta magna refrenda que Guatemala está formada por diversos grupos étnicos y que el Estado debe proteger a estos pueblos, sus usos y costumbres, pero mas allá de eso su artículo 67 define que "las tierras de las cooperativas, comunidades indígenas o cualesquiera otras formas de tenencia comunal o colectiva de propiedad agraria, así como el patrimonio familiar y vivienda popular, gozarán de protección especial del Estado".
De igual modo, corresponde a esa institución velar por la "asistencia crediticia y de técnica preferencial, que garanticen su posesión y desarrollo, a fin de asegurar a todos los habitantes una mejor calidad de vida".
"Las comunidades indígenas y otras que tengan tierras que históricamente les pertenecen y que tradicionalmente han administrado en forma especial, mantendrán ese sistema", agrega la ley fundamental, que en el caso de Semuc Champey fue violada por el único interés de seguir acaparando las ganancias que reporta el turismo hacia ese parque natural sin beneficiar a sus habitantes, convienen consultores políticos.

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